Articulo 77 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2009 de la Generalitat
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»Artículo 77
Vigente
Se añade un nuevo párrafo in fine al artículo 9 de la Ley 9/2000, de 23 de noviembre, de Constitución de la Entidad Pública de Transporte Metropolitano de Valencia, cuya redacción es la siguiente:
«Cada ámbito integrado de transporte contará con un Director Técnico que desarrollará las atribuciones que estatutariamente se le asignen. Las Direcciones Técnicas estarán ubicadas en todo caso en su ámbito correspondiente».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2009 en vigor desde 01-01-2010