Articulo 77 Arancel de derechos de los procuradores de los tribunales
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Artículo 77. Actos de conciliación.

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Por la personación en los actos de conciliación ante organismos administrativos y ante los Juzgados de lo Social, sean preceptivos o potestativos, percibirá el procurador 22,29 euros.

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  • Texto Original. Publicado el 20-11-2003 en vigor desde 21-11-2003