Articulo 77 Agencia de la UE para la Cooperación Judicial Penal -Eurojust-
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»Artículo 77. Investigaciones administrativas
Vigente
Las actividades administrativas de Eurojust estarán sujetas a las investigaciones del Defensor del Pueblo Europeo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 228 del TFUE.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-11-2018 en vigor desde 11-12-2018