Articulo 76 Tipología y f...s sociales

Articulo 76 Tipología y funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociales

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Artículo 76. Funciones de la atención secundaria

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De acuerdo con el artículo 19 de la Ley 3/2019, son funciones de los servicios sociales de atención secundaria

1. Valoración y diagnóstico especializado de la situación de la persona usuaria, en colaboración con la atención primaria.

2. Adaptación o, en su caso, elaboración del PPIS, en colaboración con la atención primaria, siempre que se considere necesario planificar estrategias conjuntas o complementarias y buscando, en todo caso, la sinergia en sus actuaciones. Cuando se contemple como objetivo el retorno de la persona usuaria con su familia o núcleo de convivencia, la atención secundaria deberá colaborar activamente en su consecución.

3. Actualización de la historia social única de la persona usuaria.

4. Provisión a la persona usuaria de una atención residencial integral.

5. Coordinación con la atención primaria mediante el contacto regular con la persona profesional de referencia.

6. Gestión, coordinación y valoración de las prestaciones de la atención secundaria, así como aquellas de atención primaria que sean compatibles.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-03-2023 en vigor desde 23-03-2023