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Articulo 76 Reglamento marco de coordinación de las policías locales

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Artículo 76. Ostentación del arma

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Debe evitarse hacer ostentación del arma, excepto que sea imprescindible por las características del servicio que debe prestarse.

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  • Texto Original. Publicado el 25-05-2019 en vigor desde 26-05-2019