Articulo 76 Patrimonio de Galicia
Artículo 76. Mesa de contratación
1. Dentro de los diez días hábiles siguientes a la conclusión del plazo fijado para la presentación de proposiciones, se constituirá la mesa de valoración de las ofertas.
2. La mesa estará constituida como mínimo por un presidente o presidenta, una persona representante de la Asesoría Jurídica y de la Intervención, otra representante de la consejería o entidad interesada en la adquisición designada por ella y un secretario o secretaria también con voz y voto. Las personas que actúen con funciones de presidencia y secretariado serán designadas por la persona titular del órgano directivo competente en materia de patrimonio o por la persona titular del órgano unipersonal de gobierno de la entidad pública instrumental entre el funcionariado del órgano directivo competente en materia de patrimonio o personal de la entidad pública instrumental.
3. Si la presentación de ofertas es por escrito, previamente a este acto, el secretario o secretaria de la mesa deberá solicitar del registro un certificado acreditativo de las ofertas recibidas durante el plazo otorgado.
4. La mesa procederá a examinar la documentación recogida en el primer sobre y si apreciara la existencia de errores subsanables se lo notificará a las personas interesadas para que en un plazo máximo de tres días hábiles procedan a la subsanación. Transcurrido este plazo, la mesa determinará que licitantes quedan admitidos. De no requerirse subsanación, podrá realizarse el acto regulado en el artículo 77.