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Articulo 76 Ordenación territorial y urbanística

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Artículo 76. Indemnización por la ordenación.

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La ordenación establecida en el planeamiento no confiere derechos indemnizatorios a los propietarios, salvo en los supuestos establecidos en la legislación estatal.

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  • Texto Original. Publicado el 06-04-2015 en vigor desde 06-05-2015