Articulo 76 Ordenación del Sistema Universitario
Artículo 76. Funciones en relación con la comunidad universitaria.
En ejecución de las funciones generales reguladas en el artículo anterior, le corresponden al Consejo Social como funciones en relación con la comunidad universitaria:
a) Designar y sustituir a los miembros que le hayan de representar en el Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza. Estos miembros deberán pertenecer, en todo caso, a los representantes de los intereses sociales.
b) Acordar, en su caso, y dentro de los límites que fije el Gobierno de Aragón y a propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, la asignación singular e individual de retribuciones adicionales por méritos docentes, de investigación y de gestión al personal docente e investigador, tanto funcionario como contratado.
c) Recibir información sobre la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios de la Universidad de Zaragoza y las modificaciones y el gasto que comporten.
d) Recibir información sobre las plantillas del personal docente e investigador y sus modificaciones periódicas, así como sobre el gasto que ello comporte.
e) Determinar los puestos de trabajo a los que corresponde la asignación de un complemento específico, fijando su cuantía; fijar la cuantía total destinada a la asignación de complemento de productividad y las gratificaciones extraordinarias, y aprobar los criterios para asignarlos y distribuirlos, y las cantidades de las indemnizaciones por razón del servicio.
f) Informar, con carácter previo a su formalización, los convenios colectivos del personal laboral de la Universidad de Zaragoza.
g) Acordar, si procede, la propuesta de nombramiento del o de la Gerente presentada por el Rector o Rectora.
h) Acordar la política de becas y de ayudas para el estudio que establezca la Universidad, todo ello de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.
i) Aprobar las normas que regulan el progreso y la permanencia del alumnado en la Universidad de Zaragoza.
j) Promover la colaboración entre la Universidad de Zaragoza y otras entidades públicas y privadas para completar la formación de los estudiantes y los titulados universitarios facilitando su acceso al mundo del trabajo.
- Texto Original. Publicado el 24-06-2005 en vigor desde 25-06-2005