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Articulo 76 normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión

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Artículo 76. Competencias y funciones de los jefes de delegación de la Unión

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1. En los casos en que los jefes de delegación de la Unión actúen como ordenadores subdelegados de conformidad con el artículo 60, apartado 2, rendirán cuentas ante la Comisión como institución de la Unión responsable de la definición, el ejercicio, el seguimiento y la evaluación de sus funciones y responsabilidades en tanto que ordenadores subdelegados y cooperarán estrechamente con la Comisión con miras a la adecuada ejecución de los fondos, a fin de garantizar, en particular, la legalidad y la regularidad de las operaciones financieras, el respeto del principio de buena gestión financiera en la gestión de los fondos y la protección eficaz de los intereses financieros de la Unión. Estarán sujetos a las normas internas de la Comisión y a la Carta de la Comisión para la ejecución de las funciones de gestión financiera que se les hayan subdelegado. Podrán ser asistidos en sus funciones por el personal de la Comisión de las delegaciones de la Unión.

A tal efecto, los jefes de delegación de la Unión tomarán las medidas necesarias para prevenir cualquier situación que pudiera poner en riesgo la capacidad de la Comisión de cumplir con su responsabilidad en lo relativo a la ejecución presupuestaria que se les haya subdelegado, así como cualquier conflicto de prioridades que pudiera tener una repercusión en la ejecución de las tareas de gestión financiera que se les hayan subdelegado.

En el caso de que se presente una de las situaciones o conflictos mencionados en el párrafo segundo, los jefes de delegación de la Unión informarán sin demora a los directores generales competentes de la Comisión y del SEAE. Estos adoptarán las medidas necesarias para resolver la situación.

2. Cuando los jefes de delegación de la Unión se encuentren en una de las situaciones contempladas en el artículo 74, apartado 8, someterán el asunto a la instancia mencionada en el artículo 143. En caso de actividad ilegal, fraude o corrupción que puedan ir en detrimento de los intereses de la Unión, informarán a las autoridades e instancias designadas por la legislación aplicable.

3. Los jefes de delegación de la Unión que actúen como ordenadores subdelegados de conformidad con el artículo 60, apartado 2, remitirán sus informes a su ordenador delegado de modo que este pueda integrarlos en el informe anual de actividades mencionado en el artículo 74, apartado 9. Los informes de los jefes de delegación de la Unión incluirán información sobre la eficiencia y la eficacia de los sistemas internos de control establecidos en su delegación, así como sobre la gestión de las operaciones que les hayan sido subdelegadas y aportarán la declaración de fiabilidad a que se refiere el artículo 92, apartado 5, párrafo tercero. Dichos informes se adjuntarán al informe anual de actividades del ordenador delegado y se pondrán a disposición del Parlamento Europeo y del Consejo, teniendo debidamente en cuenta, cuando proceda, su confidencialidad.

Los jefes de delegación de la Unión cooperarán plenamente con las instituciones de la Unión que intervienen en el procedimiento de aprobación de la gestión presupuestaria y facilitarán, si procede, la información complementaria necesaria. En este contexto, se les podrá solicitar que asistan a las reuniones de los órganos competentes y presten su apoyo al ordenador delegado competente.

Los jefes de delegación de la Unión que actúen como ordenadores subdelegados de conformidad con el artículo 60, apartado 2, responderán a cualquier solicitud del ordenador delegado de la Comisión a instancia de esta o, en el marco de la aprobación de la gestión presupuestaria, a instancia del Parlamento Europeo.

La Comisión velará por que la subdelegación de competencias en los jefes de delegación de la Unión no vaya en detrimento del procedimiento de aprobación de la gestión presupuestaria de conformidad con el artículo 319 del TFUE.

4. Los apartados 1, 2 y 3 se aplicarán también a los jefes adjuntos de delegaciones de la Unión cuando actúen como ordenadores subdelegados en ausencia de los jefes de delegaciones de la Unión.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-07-2018 en vigor desde 02-08-2018