Articulo 76 Inclusión social

Articulo 76 Inclusión social

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 76. Validez del reconocimiento

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El reconocimiento de empresa inclusiva tendrá una validez temporal, de acuerdo con el calendario y criterios de evaluación que se determinen reglamentariamente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2013 en vigor desde 01-01-2014