Articulo 76 Función Pública Canaria

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Artículo 76.

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En la asignación de los puestos de trabajo a quienes hayan superado las pruebas selectivas, se atenderá a la puntuación obtenida en el resultado final de las pruebas.

En caso de empate, la Administración valorará para asignar las plazas los méritos preferentes señalados en las relaciones de puestos de trabajo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-04-1987 en vigor desde 04-04-1987