Articulo 76 Formación Profesional
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Artículo 76. Ejecución de las ofertas formativas de formación profesional.

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La formación profesional se desarrollará, bajo la responsabilidad de los centros de formación profesional, en:

1. Centros del Sistema de Formación Profesional.

2. Empresas u organismos equiparados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-04-2022 en vigor desde 21-04-2022