Articulo 76 Comercio, servicios y ferias
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»Artículo 76. Cuantía de las sanciones
Vigente
Las infracciones tipificadas en la presente ley se sancionan con las siguientes multas:
a) Por las infracciones leves, una multa de hasta 20.000 euros.
b) Por las infracciones graves: una multa de entre 20.001 y 100.000 euros.
c) Por las infracciones muy graves: una multa de entre 100.001 y 500.000 euros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-08-2017 en vigor desde 04-08-2017