Articulo 75 Solución de l...deportivos

Articulo 75 Solución de los litigios deportivos

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 75. Obligaciones de las personas inspeccionadas.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las personas inspeccionadas tendrán las obligaciones recogidas en los apartados 1 y 2 del artículo 143 de la Ley 5/2016, de 19 de julio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-11-2018 en vigor desde 31-03-2019