Articulo 75 Reglamento General del Mutualismo Administrativo
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»Artículo 75. Contenido de la asistencia sanitaria por maternidad.
Vigente
La asistencia sanitaria por maternidad comprende:
a) La preparación al parto.
b) La atención en régimen ambulatorio, hospitalario y de urgencia del embarazo, parto y puerperio, así como de la patología obstétrica que pueda producirse en dichas situaciones.
c) Las prestaciones farmacéutica y complementarias derivadas de dichas contingencias.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-04-2003 en vigor desde 12-04-2003