Articulo 75 Régimen Juríd...titucional

Articulo 75 Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional

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Artículo 75. Adecuación de estructuras administrativas.

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1. Los titulares de los órganos superiores y directivos son responsables de realizar o promover, de acuerdo con sus competencias, la adecuación de las estructuras administrativas y los efectivos de personal a su cargo a los objetivos fijados, así como del empleo eficiente de los recursos asignados a la organización que dirigen.

2. Los órganos específicamente competentes en materia de organización y personal en cada una de las Consejerías y organismos públicos y, en su caso, aquellos órganos cuyas funciones se extienden, en relación con estas materias, a toda la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, adoptarán las medidas precisas para adaptar la organización de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado anterior, atendiendo a los objetivos y recursos asignados en las Leyes de Presupuestos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-12-2018 en vigor desde 03-01-2019