Articulo 75 Régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión
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»Artículo 75. Actividad por cuenta propia de las empresas de asesoramiento financiero.
Vigente
Las empresas de asesoramiento financiero, así como a las personas jurídicas que sean empresas de asesoramiento financiero nacional sólo podrán adquirir valores por cuenta propia en las circunstancias previstas en el artículo 73.1 y 2, a excepción de su párrafo a), y 3.