Articulo 75 Reestructuración del sector público para agilizar la actividad administrativa
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»Artículo 75. Modificación del artículo 10 de la Ley 20/1987
Vigente
Se modifica el artículo 10 de la Ley 20/1987, que queda redactado del siguiente modo:
"Artículo 10
"Funciones del Consejo Asesor
"El Consejo Asesor es el órgano consultivo de la Institución de las Letras Catalanas y tiene las siguientes funciones:
"a) Emitir su opinión sobre las cuestiones que le son sometidas por el decano o decana, por el director o directora y por la Junta de Gobierno. El Consejo Asesor debe ser escuchado preceptivamente antes de la aprobación del programa de actuación, de inversiones y de financiación y del reglamento de régimen interior, así como antes del nombramiento del decano o decana y del director o directora.
"b) Proponer las acciones que considere convenientes para cumplir mejor los objetivos de la Institución."
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 31-12-2011