Articulo 75 Prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears
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»Artículo 75. Infracciones muy graves
Vigente
Son infracciones muy graves:
a) La reincidencia en falta grave.
b) Tres resoluciones de extinción por incumplimiento del PEI, durante un período máximo de 4 años.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-07-2022 en vigor desde 13-07-2022