Articulo 75 Patrimonio cu...valenciano

Articulo 75 Patrimonio cultural valenciano

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Artículo 75. Concepto y régimen jurídico.

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1. Forma parte del patrimonio cultural valenciano el patrimonio documental, bibliográfico y audiovisual, constituido por cuantos bienes de esta naturaleza, reunidos o no en archivos, bibliotecas u otros centros de depósito cultural, se declaran integrantes del mismo en este título.

2. El patrimonio documental, bibliográfico y audiovisual valenciano se regirá por las normas contenidas en el presente título y, en lo no previsto en ellas, por las disposiciones de esta Ley que sean de aplicación a los bienes muebles.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-06-1998 en vigor desde 22-07-1998