Articulo 75 Educación de I Balears

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Artículo 75. Mesa de los Docentes

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1. La Mesa de los Docentes es un órgano de participación y asesoramiento del profesorado en lo que afecta a su tarea educativa profesional y a las cuestiones referentes a aspectos pedagógicos, curriculares y didácticos y a los diferentes planes de innovación pedagógica que promueva la consejería para la mejora de la calidad educativa.

2. Podrán participar en esta Mesa de los Docentes, en las condiciones que se establezcan, las asociaciones de docentes y los colegios profesionales que tengan competencias sobre el proceso educativo.

3. La administración educativa, sin perjuicio de la representatividad sindical reconocida por la normativa básica, puede promover acuerdos con los colegios profesionales y las asociaciones de docentes legalmente constituidas y facilitar su participación en relación a actividades de innovación y de formación permanente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-03-2022 en vigor desde 18-03-2022