Articulo 75 Deporte de Galicia
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»Artículo 75. Escuela Gallega del Deporte.
Vigente
1. La Escuela Gallega del Deporte es el órgano académico de la Administración deportiva autonómica para impartir la formación deportiva en el ámbito de la Comunidad Autónoma, así como el centro de documentación, investigación, estudio y documentación deportiva, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan a la consejería competente en materia de educación.
2. La Escuela Gallega del Deporte impulsará la suscripción de los convenios con las universidades gallegas y con los demás centros de enseñanza donde se impartan estudios de la rama de la actividad física y del deporte, y con las entidades deportivas gallegas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-04-2012 en vigor desde 14-04-2012