Articulo 74 Tasas y Precios Públicos de Navarra -Derogada-
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Artículo 74. Tarifas.

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La tarifa, con carácter general, será de 14.975 pesetas (90 euros). Las visitas adicionales o aisladas por solicitud expresa tendrán una tarifa de 1.747 pesetas (10,50 euros).

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  • Texto Original. Publicado el 30-03-2001 en vigor desde 01-04-2001