Articulo 74 Reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias
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»Artículo 74. Conferencia de Presidentes.
Vigente
1. La Conferencia de Presidentes es un foro institucional de colaboración del Gobierno de Canarias y los cabildos insulares que tiene la función de servir de encuentro y debate de los grandes asuntos de interés común, la coordinación de las políticas de actuación de interés concurrente y la búsqueda de los acuerdos que deban incorporarse a los correspondientes ámbitos institucionales de la Comunidad Autónoma de Canarias y de las islas.
2. La conferencia, integrada por quienes ostenten la Presidencia de Canarias y de las islas, aprueba y se rige por sus propias normas de organización y funcionamiento.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-11-2018 en vigor desde 06-11-2018