Articulo 74 Patrimonio de La Rioja

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Artículo 74. Mutaciones demaniales. Concepto y clases.

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La mutación demanial es el acto en virtud del cual se efectúa la desafectación de un bien o derecho del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con simultánea afectación a otro uso general o servicio público, lo que justifica su continuación dentro del régimen de demanialidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-10-2005 en vigor desde 25-12-2005