Articulo 73 Transparencia...ticipación

Articulo 73 Transparencia y de Participación

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Artículo 73. Organización y funcionamiento

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1. La organización y funcionamiento del Consejo de Transparencia y Participación, se regirá por la presente Ley y por su propio reglamento de organización y funcionamiento, que incorporará un código ético, aprobado por la Mesa de la Asamblea, a propuesta del mismo. Dicho reglamento deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

2. Para el ejercicio de las funciones en materia de transparencia y participación, contará con una unidad de apoyo jurídico, técnico, y administrativo de la Asamblea de Madrid, así como de los medios personales y materiales que sean necesarios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-04-2019 en vigor desde 01-01-2020