Articulo 73 Servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos
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»Artículo 73.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios publicos de la Generalidad de Cataluña.
(DOGC de 31-12-1997) en vigor desde 01-01-1998