Articulo 73 Normas marco de los Cuerpos de Policía Local
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»Artículo 73. Medios de señalización.
Vigente
1. Para señalizar o acotar espacios se utilizará la denominada cinta policial confeccionada en material plástico y con hileras de cuadros blancos y azul celeste formando damero y, por tramos, la leyenda Policía Local.
2. Cuando las circunstancias de riesgo para la circulación viaria o la regulación del tráfico rodado lo aconsejen, podrán emplearse, además de las señales de tráfico reglamentarias, bastones luminosos y cuantos emisores ópticos convengan, de acuerdo con la normativa de circulación y seguridad vial.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-01-2003 en vigor desde 18-01-2003