Articulo 73 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organ...09 de la Generalitat
Articulo 73 Medidas Fisca...eneralitat

Articulo 73 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2009 de la Generalitat

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Artículo 73

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Se añade nuevo apartado 2, al artículo 2 de la Ley 9/2000, de 23 de noviembre, de Constitución de la Entidad Pública de Transporte Metropolitano de Valencia; en concordancia con ello se numeran de nuevo los apartados restantes.

«2. Tendrá igualmente como finalidad la coordinación del transporte metropolitano en los términos expresados en el apartado anterior en los restantes ámbitos integrados de transporte que reglamentariamente se establezcan, así como, en las áreas de prestación conjunta de taxi actualmente constituidas o que en el futuro se constituyan, siempre que así lo establezca su norma constitutiva. En uno y otro caso la formación o extensión de dichos ámbitos requerirá el informe favorable de al menos dos tercios de los Ayuntamientos afectados, en donde resida más del 75% del ámbito considerado. Se encomienda así mismo a la Agencia Valenciana de Movilidad Metropolitana el impulso y la promoción de estrategias de movilidad sostenible en los ámbitos metropolitanos de la Comunidad».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2009 en vigor desde 01-01-2010