Articulo 73 Medidas Fiscales, Gestión Administrativa y Financiera, y Organización
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Articulo 73 Medidas Fiscales, Gestión Administrativa y Financiera, y Organización

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Artículo 73

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Se modifica el artículo 24 del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, aprobado por el Decreto Legislativo, de 26 de junio de 1991, del Consell, modificándose los apartados 3 y 4, con la siguiente redacción:

«3. La conselleria con competencias en materia de hacienda, examinados los referidos anteproyectos de gastos y la estimación de ingresos, y considerando el límite de gasto no financiero, elaborará el anteproyecto de ley de Presupuestos y lo someterá a la aprobación del Consell.

4. El proyecto de ley de presupuestos deberá ser acompañado de la siguiente documentación:

a) La cuenta consolidada de los presupuestos relativos a la Generalitat y a sus entidades autónomas, con separación entre operaciones corrientes y de capital, teniendo en cuenta la distribución de los gastos de inversiones.

b) Una memoria explicativa que haga necesariamente referencia a los siguientes aspectos:

Articulado del proyecto de ley.

Adecuación presupuestaria de las plantillas de todas las secciones y entidades autónomas a la plantilla orgánica vigente, y política laboral de la Generalitat.

Criterios aplicados en las subvenciones corrientes y de capital.

Criterios aplicados a la selección de inversiones con especial referencia a los seguidos para la aplicación de los ingresos procedentes del Fondo de Compensación Interterritorial.

Distribución de los gastos en programas por objetivos.

La liquidación del presupuesto del año anterior y un estado de ejecución del vigente.

Un informe económico y financiero, en el que expresamente se incluirá un apartado diferenciado donde se incluya la información precisa para relacionar el saldo resultante de los ingresos y gastos del presupuesto con la capacidad o necesidad de financiación calculada conforme a las normas del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2012 en vigor desde 01-01-2013