Articulo 73 Imp sobre la ...cas -IRPF-

Articulo 73 Imp. sobre la Renta de las Pers. Físicas -IRPF-

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Artículo 73.- Reducción por tributación conjunta.

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1. En los supuestos en que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de esta Norma Foral se opte por la tributación conjunta, la base imponible general se reducirá en el importe de 4.800 euros anuales por declaración.

2. La reducción señalada en el apartado anterior será de 4.169 euros en el caso de las unidades familiares señaladas en el apartado 2 del artículo 98 de esta Norma Foral.