Articulo 73 Deporte de C León -Derogada-

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Artículo 73. Premios del Deporte Castilla y León.

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1. Dentro de los Premios Castilla y León se creará la modalidad de Deporte, destinada a premiar anualmente a aquellas personas, grupos o entidades que más se distingan por la actividad deportiva desarrollada o por su contribución al fomento del deporte en la Comunidad de Castilla y León.

2. Las bases, composición del jurado y demás aspectos de la concesión de los premios se determinarán conforme lo establecido en las disposiciones de desarrollo de la presente Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-04-2003 en vigor desde 24-04-2003