Articulo 73 Administración
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»Artículo 73. Régimen presupuestario.
Vigente
El régimen presupuestario de las agencias de régimen especial será el establecido en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y demás normativa aplicable.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 18/2011, de 23 de diciembre, del Presupuesto de laComunidad Autónoma de Andalucía para el año2012.
(BOJA de 31-12-2011) en vigor desde 01-01-2012