Articulo 72 Tasas y Preci... de C León

Articulo 72 Tasas y Precios Públicos de C. León

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Artículo 72. Hecho Imponible.

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Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación por los órganos competentes de la Administración de la Comunidad de los servicios relativos a la ordenación común del aprovechamiento de pastos, hierbas y rastrojeras, regulada por la Ley 1/1999, de 4 de febrero.

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  • Texto Original. Publicado el 26-12-2001 en vigor desde 01-01-2002