Articulo 72 Subvenciones de Cantabria
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»Artículo 72. Extinción de la responsabilidad derivada de la comisión de infracciones y de las sanciones.
Vigente
1. La responsabilidad derivada de las infracciones en materia de subvenciones se extingue por el fallecimiento del sujeto infractor y por el transcurso del plazo de prescripción para imponer las correspondientes sanciones.
2. Las responsabilidades derivadas de infracciones en materia de subvenciones se extinguen por el pago o cumplimiento, por prescripción del derecho a exigir su pago, por compensación, por fallecimiento de todos los obligados a satisfacerlas y por otras causas previstas en la normativa general.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-08-2006 en vigor desde 01-01-2007