Articulo 72 Reglamento de...de puertos

Articulo 72 Reglamento de desarrollo y ejecución de determinados aspectos de la Ley de puertos

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Artículo 72. Causas de extinción de la autorización de uso de amarre

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La autorización temporal se extinguirá por las siguientes causas:

a) Vencimiento del plazo de otorgamiento.

b) Revisión de oficio o declaración de lesividad y posterior impugnación ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa en los casos y términos previstos en los artículos 102 y 103 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

c) Renuncia del titular de la autorización, que podrá formularse en cualquier momento, y será aceptada por la Administración, salvo que la renuncia tenga una incidencia negativa sobre el dominio público o su utilización, o cause perjuicio a terceros, en los términos previstos en el Artículo 91 de la Ley 30/1992.

d) Revocación del título por la Administración.

e) Caducidad de la autorización.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-02-2011 en vigor desde 23-02-2011