Articulo 72 Régimen Local
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»Artículo 72.
Vigente
Funcionan en régimen de concejo abierto los municipios y entidades locales menores en los supuestos previstos en la legislación básica de régimen local.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.
(BOCYL de 01-10-2013) en vigor desde 21-10-2013