Articulo 72 Ordenación sanitaria de La Mancha
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»Artículo 72. La Presidencia del Consejo de Administración.
Vigente
Corresponde a la persona que ocupe la Presidencia del Consejo de Administración, la dirección del organismo autónomo y de su Consejo de Administración, la convocatoria de éste, así como la supervisión de todas las actuaciones del Servicio Regional.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-12-2000 en vigor desde 19-01-2001