Articulo 72 Medidas 1999 fiscales, administrativas y del orden social
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»Artículo 72. Habilitación al Gobierno para la modificación de las cuantías establecidas en el apartado 2 del artículo 131 de la Ley 25/1970, de 2 de diciembre, del Estatuto de la Viña, el Vino y los Alcoholes.
Vigente
Se faculta al Gobierno para modificar, mediante Real Decreto, las cuantías establecidas en el apartado 2 del artículo 131 de la Ley 25/1970, de 2 de diciembre, del Estatuto de la Viña, el Vino y los Alcoholes, para la determinación de competencias de los órganos correspondientes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-1999 en vigor desde 01-01-2000