Articulo 72 Estatuto de A...Valenciana

Articulo 72 Estatuto de Autonomía de Comunidad Valenciana

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Artículo 72.

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La Hacienda de la Comunitat Valenciana está constituida por:

  1. Los ingresos procedentes de su patrimonio y demás derechos privados, legados, donaciones y subvenciones.

  2. Los impuestos propios, tasas y contribuciones especiales de acuerdo con lo que establezca la Ley prevista en el artículo 157.3 de la Constitución Española.

  3. Los rendimientos de los impuestos cedidos por el Estado.

  4. Los recargos sobre los impuestos estatales.

  5. Un porcentaje de participación en la recaudación total del Estado.

  6. Las asignaciones y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

  7. La emisión de deuda y el recurso al crédito.

  8. Los ingresos procedentes del Fondo de Compensación Interterritorial.

  9. El producto de las multas y sanciones en el ámbito de su competencia.

  10. Los ingresos procedentes de fondos de la Unión Europea.

  11. Cualquier otro tipo de ingresos que se puedan obtener en virtud de las leyes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-07-1982 en vigor desde 11-04-2006