Articulo 72 Educación de I Balears

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Artículo 72. Mesa de la Enseñanza Privada Concertada

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1. La Mesa de la Enseñanza Privada Concertada de las Illes Balears es el órgano autonómico de negociación entre la consejería y las entidades representativas del sector.

2. El ámbito de competencia de la Mesa se circunscribe a la negociación de las cuestiones relacionadas con la ejecución de los conciertos educativos, las mejoras de financiación de los módulos de concierto y la participación en la elaboración de instrumentos de ordenación, reglamentos y normas legales de ámbito autonómico que afecten al sector de la enseñanza privada concertada de las Illes Balears.

3. La Mesa estará formada por los representantes de la consejería competente en materia de educación, de los sindicatos, de las organizaciones patronales y de titulares de centros y de las cooperativas de enseñanza representativas del sector en las Illes Balears. Se elaborará un reglamento de funcionamiento.

4. La consejería apoyará a las organizaciones participantes en la Mesa para el desarrollo de las actividades y funciones de participación y representación institucionales que les son propias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-03-2022 en vigor desde 18-03-2022