Articulo 72 Arancel de derechos de los profesionales de la Procura
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Artículo 72. Ampliaciones y acumulaciones.

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Por la solicitud de acumulación y ampliación de expedientes se devengará como máximo la cantidad de 73,22 euros.

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  • Texto Original. Publicado el 01-05-2024 en vigor desde 02-05-2024