Articulo 72 Aguas y Ríos
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 72. Policía de aguas.
Vigente
(ANULADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (72 (se declara inconstitucional y nulo)) por Pleno. Sentencia 116/2017, de 19 de octubre de 2017. Recurso de inconstitucionalidad 4682-2015. Interpuesto por el Presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de aguas y ríos de Aragón. Competencias en materia de aguas: nulidad de los preceptos legales no amparados por los títulos competenciales autonómicos o que contradicen el principio de unidad de gestión de la cuenca hidrográfica (STC 227/1988).
(BOE de 16-11-2017) en vigor desde 19-10-2017 - Modificación realizada (72 (se levanta la suspensión)) por Recurso de inconstitucionalidad n.º 4682-2015, contra los artículos 1.2 b), c) y d); 4 aa); 5 a) y p); 7.1; 8, en cuanto a presas y embalses; 12.2 b) y 4; 15.1 b), c) y n); 19.2 a) 1.º, c) 2.º y c) 3.º; 50; 67; 69 a), d) y f) 1.º; 70 a) y c); 71.3; 72; y 76.3; y disposición transitoria primera de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón.
(BOE de 19-12-2015) en vigor desde 15-12-2015 - Artículo modificado por Recurso de inconstitucionalidad n.º 4682-2015, contra los artículos 1.2 b), c) y d); 4 aa); 5 a) y p); 7.1; 8, en cuanto a presas y embalses; 12.2 b) y 4; 15.1 b), c) y n); 19.2 a) 1º, c) 2º y c) 3º; 50; 67; 69 a), d) y f) 1º; 70 a) y c); 71.3; 72; y 76.3; y disposición transitoria primera de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón.
(BOE de 16-09-2015) en vigor desde 31-07-2015