Articulo 71 TR. de las Disposiciones Legales de Baleares en materia de tributos cedidos por el Estado
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»Artículo 71. Tipo de gravamen aplicable a juegos practicados por medio de servicios de telecomunicación sobretarifados o con tarifación adicional
Vigente
El tipo de gravamen para cualquiera de los juegos gravados por este tributo en los que se participe, totalmente o en parte, mediante servicios de telecomunicación sobretarifados o con tarifación adicional será del 12 %.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-06-2014 en vigor desde 08-06-2014