Articulo 71 Servicios sociales inclusivos
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Artículo 71. Instrumentos técnicos

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1. El Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales, en relación con las personas usuarias, dispondrá de los siguientes instrumentos técnicos:

a) Tarjeta de información personalizada

b) Historia social única

c) Plan personalizado de intervención social

2. Para garantizar la armonización, la homogeneización y la continuidad de la intervención interprofesional, se elaborarán de forma consensuada herramientas de valoración y diagnóstico común a todos los niveles del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-02-2019 en vigor desde 21-03-2019