Articulo 71 Patrimonio de... derogada-

Articulo 71 Patrimonio de Galicia -Parcialmente derogada-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 71. Imposición de cargas y gravámenes.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


No pueden imponerse cargas o gravámenes sobre los bienes o derechos patrimoniales de la Comunidad Autónoma de Galicia sino con los requisitos exigidos para su enajenación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-10-2011 en vigor desde 24-11-2011