Articulo 71 Ordenación de...el Paisaje

Articulo 71 Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje

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Artículo 71. Instrumentos de gestión territorial.

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Para la consecución del objeto y las finalidades indicadas en los artículos anteriores, las administraciones públicas podrán utilizar los siguientes instrumentos de gestión:

  1. Programas y proyectos para la sostenibilidad y la calidad de vida.

  2. Umbrales de consumo de recursos y emisión de contaminantes a partir de un sistema de indicadores territoriales y ambientales.

  3. Recursos financieros provenientes de:

    • Cuotas de sostenibilidad.

    • Gestión del patrimonio público de suelo.

    • El Fondo de Equidad Territorial.

  4. Sistemas de coordinación y control del cumplimiento de los objetivos y criterios de ordenación del territorio establecidos en esta Ley y de los instrumentos de planificación territorial.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-07-2004 en vigor desde 03-07-2004