Articulo 71 Igualdad efectiva entre mujeres y hombres
Artículo 71. Acceso al empleo público en las Administraciones públicas de Cantabria.
1. Al objeto de acceder al empleo público en las Administraciones públicas de Cantabria, los temarios para la celebración de pruebas selectivas incluirán materias relativas a la normativa sobre igualdad y violencia de género y a su aplicación a la actividad administrativa.
2. En las pruebas selectivas de acceso o promoción, las Administraciones públicas de Cantabria no podrán establecer requisitos ni condiciones que supongan excluir a mujeres embarazadas o a las que están en periodo de descanso obligatorio durante el permiso de maternidad.
3. Si como consecuencia de encontrarse alguna aspirante en estas situaciones referidas en el apartado anterior, y por razón de las mismas no pudiera completar las pruebas de los procesos, y lo acreditara justificadamente, se conservarán las pruebas superadas, permitiendo su continuación posterior en el proceso selectivo en curso o en el inmediato siguiente que se convoque, en los términos que establezcan las bases de la convocatoria.
- Texto Original. Publicado el 08-03-2019 en vigor desde 09-03-2019