Articulo 71 Desarrollo y ...el turismo

Articulo 71 Desarrollo y modernización del turismo

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 71. Modalidades.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los establecimientos de restauración, en atención a sus características y con independencia de que la actividad definida en el artículo anterior sea complementaria, se clasifican en las siguientes modalidades.

a) Restaurantes.

b) Cafeterías.

c) Café-bares y otros establecimientos de ocio.

d) Empresas de catering.

e) Salones de banquetes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-02-2011 en vigor desde 02-08-2011