Articulo 70 Recuperación y protección del Mar Menor
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»Artículo 70. Manual de buenas prácticas ambientales para las empresas turísticas.
Vigente
Las consejerías competentes en las materias de medio natural y turismo, contando con la participación de las asociaciones empresariales, elaborarán y publicarán un manual de buenas prácticas ambientales para empresas turísticas, que deberá contemplar al menos los valores naturales y culturales, las especies y ecosistemas del Mar Menor y su entorno, los posibles impactos del turismo, la normativa ambiental relacionada, y las medidas para evitar y minimizar los impactos potenciales de la actividad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-08-2020 en vigor desde 02-08-2020